
El Proceso de Reconocimiento de Menor es muy antiguo y solia ser muy largo, complejo y costoso.
En la actualidad es mas rápido lo que ha despertado mas de una critica, pero que al fin y al cabo puede tramitar con mucha rapidez y sobretodo puede resultar muy económico en sus costos incluso sin necesidad de pagar a un laboratorio para que practique la costosa prueba del ADN.
Los requisitos para este tramite son los siguientes :
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La Partida de nacimiento del hijo no reconocido.
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Copia del DNI de la madre que solicitara el reconocimiento.
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Dirección exacta del supuesto padre.
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Nuestra Asesoria Legal en Temas de familia.
La posibilidad de que un niño no pase por la ingrata experiencia de ir al Juzgado y a un Laboratorio para pruebas de ADN dependerán de Ud, si Ud realmente esta segura que la persona a quien enjuiciaremos es el padre biológico, la posibilidad del ADN es remota.
Impugnación de reconocimiento de Hijos:
Es un proceso que no tiene porque ser complicado y al igual que el proceso de "reconocimiento" también se debería facilitar "la impugnación" lo cual en algunas ocasiones no se da.
EL avande de la Ciencia en biología molecular y pruebas de ADN por las cuales se puede determinar que los hijos que presumíamos biológicos (de nosotros) resulten no serlo y poder impugnar(anular) el reconocimiento.
El principal obstáculo es el plazo de impugnación. En este caso , la ley señala que dentro de los 90 días de nacido el niño que ud pretende negar, debe reclamar la IMPUGNACION de lo contrario pierde ese derecho, incluso por mas que el ADN diga que no es su hijo. Sin embargo existe un mecanismo legal por el cual siempre y cuando el supuesto hijo sea de corta edad ud pueda negarlo no obstante haber pasado mas de los 90 días.
También existen casos en que posiblemente ud pretenda impugnar la falsa paternidad de su hijo biológico que lo a firmado una tercera persona, en este caso también se aplican los 90 días, pero con el mecanismo antes mencionado podemos lograr este objetivo.
Este plazo de los 90 días realmente resulta demasiado corto, es obvio que en ese periodo muchas personas no pueden a simple vista determinar que el recién nacido no es su hijo, así que no obstante, si ud está fuera de ese plazo, no dude en contactarnos que garantizamos resolver su problema.
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REQUISITOS:
- En caso de hijos reconocidos:

- Copia legalizada del D.N.I. del demandante.
- Copia certificada de la Partida de Matrimonio
(Si fuera el caso).
- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del
menor (es), reconocidos por ambos padres.
- Constancia de estudios original y/o copia
certificada de Control de vacunas.
- Foto del menor (en caso se tenga, sería mejor
que aparezca con el demandado).
- Copia certificada del Acta de Conciliación de la Demuna, Fiscalía u otros (Si los hubiera).
- Documentos que prueben los ingresos del demandado.
- Documentos que acredite gastos a favor del hijo o hijos (salud, educación, boletas, recetas, etc).
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- Requisitos en caso de hijos NO reconocidos:
- Copia simple del DNI del demandante.
- Partida de Nacimiento original del menor declarada por la madre.
- Nombre y dirección de 2 o 3 testigos que sepan de la relación del demandante con el demandado
en el tiempo de la concepción, sus nombres completos, dirección exacta, DNI y ocupación.
- Cartas, fotos, regalos, dedicatorias, tarjetas, cassettes, videos entre otros documentos que evidencien
la relación sentimental.
- Copia del Acta de Conciliación ante la DEMUNA, si hay compromiso de parte del demandado.
- Certificado de Supervivencia del Menor (Expedido por notario).
- Constancia de estudios original y/o copia de control de vacunas.
- Boletas de venta (5 últimas) para acreditar los gastos del menor.
CONSULTAS Y ASESORIA GRATUITA A MADRES DE ESCASOS RECURSOS:
Asesoria Personalizada.
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Divorcios, Separacion Convencional, Régimen de Visita, Impugnacion de Paternidad, Curatela, Tenencia, Alimentos, etc.
- DERECHO CIVIL Y EMPRESARIAL:
Nulidad de Acto Juridico, Obligacion de dar Suma de Dinero, Constitución de Empresas, Disolución de Sociedades, Aumento de Capital, Reestructuracion de Empresas.
Defensa Tecnica del Procesos Penal conforme al Nuevo Codigo Procesal Penal.
PROFESIONALISMO * EFICIENCIA * HONRADEZ
Abogado: Dr. Fernando Mauricio López Santamaria.
I.C.A.L. Nº 2620
Dirección:
Chiclayo:
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Telefonos: 97-9136167 / 97-9717222 / 762613
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