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La Coctelera

ESTUDIO JURIDICO "LOPEZ SANTAMARIA"

- ABOGADOS-ASESORES-CONSULTORES-

6 Noviembre 2009

RECONOCIMIENTO E IMPUGNACION DE PATERNIDAD

El Proceso de Reconocimiento de Menor es muy antiguo y solia ser  muy largo, complejo y costoso.

En la actualidad es mas  rápido lo que ha despertado mas de una critica, pero que al fin y al cabo puede  tramitar con mucha rapidez y sobretodo puede resultar muy económico en sus costos incluso sin necesidad de pagar a un laboratorio para que practique la costosa prueba del ADN.

Los requisitos para este tramite son los siguientes :

  • La Partida de nacimiento del hijo no reconocido.

  • Copia del DNI de la madre que solicitara el reconocimiento.

  • Dirección exacta del supuesto padre.

  • Nuestra Asesoria Legal en Temas de familia.

    La posibilidad de que un niño no pase por la ingrata experiencia de ir al Juzgado y a un Laboratorio para pruebas de ADN dependerán de Ud, si Ud realmente esta segura que la persona a quien enjuiciaremos es el padre biológico, la posibilidad del ADN es remota.

Impugnación de reconocimiento de Hijos:

Es un proceso que no tiene porque ser  complicado  y  al igual que el proceso  de "reconocimiento" también se debería facilitar "la impugnación" lo cual en algunas ocasiones no se da.

EL avande de la Ciencia  en biología molecular y pruebas de ADN por las cuales se puede determinar que los hijos que presumíamos biológicos (de nosotros) resulten no serlo y poder impugnar(anular) el reconocimiento.

El principal obstáculo es el plazo de impugnación. En este caso , la ley señala que dentro de los 90 días de nacido el niño que ud pretende negar, debe reclamar la IMPUGNACION de lo contrario pierde ese derecho, incluso por mas que el ADN diga que no es su hijo. Sin embargo existe un mecanismo legal por el cual siempre y cuando el supuesto hijo sea de corta edad ud pueda negarlo no obstante haber pasado mas de los 90 días.

También existen casos en que posiblemente ud pretenda impugnar la falsa paternidad de su hijo biológico que lo a  firmado una tercera persona, en este caso también se aplican los 90 días, pero con el mecanismo antes mencionado podemos lograr este objetivo.

Este plazo de los 90 días realmente resulta demasiado corto, es obvio que en ese periodo muchas personas no pueden a simple vista determinar que el recién nacido no es su hijo, así que no obstante, si ud está fuera de ese plazo, no dude en contactarnos que garantizamos resolver su problema.

mauricio_lopez@peru.com

 

 

 

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6 Noviembre 2009

DEMANDA DE ALIMENTOS

 REQUISITOS:

  •  En caso de hijos reconocidos:                                                                                                 

               - Copia legalizada del D.N.I. del demandante.

              - Copia certificada de la Partida de Matrimonio

                  (Si fuera el caso).

              - Copia certificada de la Partida de Nacimiento del

                  menor (es), reconocidos por ambos padres.

              -  Constancia  de  estudios  original  y/o  copia

                  certificada  de  Control  de  vacunas.

              - Foto del menor (en caso se tenga, sería mejor

                 que aparezca con el demandado).

              - Copia certificada del Acta de Conciliación de la Demuna, Fiscalía u otros (Si los hubiera).

              - Documentos que prueben los ingresos del demandado.

              - Documentos que acredite gastos a favor del hijo o hijos (salud, educación, boletas, recetas, etc).

                                                                                                                                             mauricio_lopez@peru.com

  • Requisitos en caso de hijos NO reconocidos:

            - Copia simple del DNI del demandante.

           -  Partida de Nacimiento original del menor declarada por la madre.

           -  Nombre y dirección de 2 o 3 testigos que sepan de la relación del demandante con el demandado

               en el tiempo de la concepción, sus nombres completos, dirección exacta, DNI y ocupación.

          -  Cartas, fotos, regalos, dedicatorias, tarjetas, cassettes, videos entre otros documentos que evidencien

              la relación sentimental.

          -  Copia del Acta de Conciliación ante la DEMUNA, si hay compromiso de parte del demandado.

          - Certificado de Supervivencia del Menor (Expedido por notario).

          - Constancia de estudios original y/o copia de control de vacunas.

          - Boletas de venta (5 últimas) para acreditar los gastos del menor.

 

CONSULTAS Y ASESORIA GRATUITA A MADRES DE ESCASOS RECURSOS:

           Asesoria Personalizada.

          mauricio_lopez@peru.com

         

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6 Noviembre 2009

ESTUDIO JURIDICO "LOPEZ SANTAMARIA" - ABOGADOS - ASESORES - CONSULTORES

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  • DERECHO DE FAMILIA:

Divorcios, Separacion Convencional, Régimen de Visita, Impugnacion de Paternidad, Curatela, Tenencia, Alimentos, etc.

  • DERECHO CIVIL Y EMPRESARIAL:

Nulidad de Acto Juridico, Obligacion de dar Suma de Dinero,  Constitución de Empresas, Disolución de Sociedades, Aumento de Capital, Reestructuracion de Empresas.

  • DERECHO PENAL:

 Defensa Tecnica del Procesos Penal conforme al Nuevo Codigo Procesal Penal.

 

                                  PROFESIONALISMO * EFICIENCIA * HONRADEZ 

Abogado: Dr. Fernando Mauricio López Santamaria.

                                    I.C.A.L. Nº 2620

Dirección:

Chiclayo:

 Avenida Antonio Raymondi 342 Interior 07 - 1er Piso.

Telefonos:  97-9136167    /     97-9717222    /   762613

http://www.espacioblog.com/estudiojuridicolopezsantamaria

E-mail:  mauricio_lopez@peru.com

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